Revisión Técnico Mecánica

Es un procedimiento unificado establecido para todos los vehículos automotores mediante el cual se verifican las condiciones mecánicas, ambientales y de seguridad a través de la revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes realizadas en los Centros de Diagnóstico Automotor legalmente constituidos para tal fin.

Según el Ministerio de Transporte, actualmente se encuentra suspendida la Ley Antitrámites, que establecía que vehículos particulares debían realizar primera Revisión Técnico Mecánica a los seis años, según matrícula inicial.

Mientras se resuelve cómo queda la norma, los organismos de tránsito del país realizarán pedagógía entre los conductores.

Socializaremos una vez el Ministerio de Transporte oficialice medidas sobre el tema.

Técnico mecánica Vigente:

Vehículo Particular: La primera revisión se debe hacer a los 5 años y después cada año.

Vehículo Público: La primera revisión se debe hacer a los 2 años y después cada año.

Motos: La primera revisión se debe hacer a los 2 años y después cada año.

 

¿En qué consiste la Revisión Técnico Mecánica de un vehículo?

 

Es un procedimiento obligatorio que utilizan las autoridades colombianas para saber si los vehículos poseen las condiciones mecánicas óptimas para poder circular por las vías públicas y privadas del país.

 

¿ Cuál es la ley que rige este procedimiento?

 

La ley 769 de 2002 del Código de Tránsito en sus artículos 28 y 50, 51, 52, 53 y 54 y las resoluciones 3500 de 2005 y 2200 de 2006 de los Ministerios de Medio Ambiente y Transporte.

 

¿Qué evalúan en la Revisión Técnico Mecánica de un auto?

 

En este diagnóstico se evalúan las siguientes variables: carrocería, estado de los frenos, dirección, suspensión, sistema de las señales visuales y audibles, llantas y el conjunto de vidrios de seguridad.

 

 

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